El Ministerio de Sanidad y Consumo lanzó en agosto una campaña porque los intentos de fraude han aumentado considerablemente respecto a 2007

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El Ministerio de Sanidad y Consumo lanzó en agosto una campaña porque los intentos de fraude han aumentado considerablemente respecto a 2007

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El Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto Nacional de Consumo (INC) inició en agosto una campaña denominada "Mes de prevención del fraude" en Internet. De esta manera, España se une a la iniciativa de otros países de la Unión Europea que participan en la red ICPEN (siglas en inglés de la Red Internacional de Protección de los Consumidores, International Consumers Protection and Enforcement Net). Si bien la campaña es bienvenida y sumamente positiva cabe preguntarse si es suficiente ya que en ocasiones el fraude puede venir de, o a través de, terceros países.

Unido a lo anterior, es necesario tener en consideración que las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), y en particular Internet y el correo electrónico, no conocen de fronteras geográficas y tal circunstancia puede dificultar la lucha contra este tipo de fraudes. Por ejemplo, cabe plantearse qué ocurre si el spam está prohibido en un país o ámbito territorial, pero no lo está en un "paraíso informático" o tercer país. O incluso, ¿qué ocurre si el consumidor finalmente sufre el fraude?. Son múltiples las interrogantes que pueden plantarse: ¿dónde se ha producido el fraude?, ¿realmente ha habido un fraude?, ¿cuáles son las autoridades competentes?, ¿a dónde puede acudir el consumidor?, ¿quién tiene competencia para aplicar una resolución?, etc.

I. Algunas formas de fraude

Entre las formas de fraude que señala el Ministerio de Sanidad y Consumo, cabe señalar:

1. Car phishing: Que consiste en ofrecer productos, en este caso coches, a precios muy baratos, que finalmente resultan ser una estafa.

2. Premios de lotería: En el que al consumidor se le comunica que ha ganado un premio y se le pide el pago de unas tasas para poder cobrar dicho premio.

3. Subastas en Internet: Parecido al car phising pero en el que un tercero ofrece un artículo a través de una página de subastas a un precio realmente tentador e implica el uso de transferencias de dinero.

4. Phishing dirigido a los usuarios de banca online: Que tienen por objeto hacer que el usuario que recibe el correo electrónico se conecte a una web que simula ser la de la entidad financiera y proporcione todos sus datos bancarios.

Pero además, pueden citarse otras a las que quizás no estamos acostumbrados en España, tales como que un usuario de un sitio web de ventas (Craigslist en Estados Unidos, por ejemplo) publique un anuncio y reciba respuestas de quien pretende hacerle creer que va a comprar sus artículos desde un tercer país y le envía un giro u orden de pago que finalmente es falsa y que puede traerle muchos problemas si intenta cobrarla. Igualmente, todo el spam que busca no sólo datos de usuarios de banca, sino cualquier tipo de datos personales (nombre, apellidos, direcciones, números de pasaportes, etc.), así como aquellos correos electrónicos que ofrecen beneficios por realizar alguna transacción bancaria a petición de una supuesta viuda que no puede hacerlos por si misma o los que incluyen supuestas ofertas de trabajo desde casa con importantes comisiones económicas.

II. Algunos consejos para el consumidor

Los consejos pueden ser muchos, si bien básicamente pueden reducirse a algunas reglas básicas de actuación teniendo en consideración que tanto el correo electrónico como Internet se diferencian de otras transacciones (fraudulentas o no) en la falta de presencia física entre las partes. En este sentido, cabe apuntar los siguientes consejos:

1. Comprobar la identidad de con quién se está tratando: Por ejemplo, viendo si la dirección de correo electrónico se corresponde con una entidad que requeira "algo más" para ser usuario, es decir, una identificación previa y por ende ofrezca la garantía de que esa persona es quién dice ser.

2. No responder, bajo ninguna circunstancia, aquellos correos que provengan de desconocidos que puedan resultar sospechosos por encontrarse en terceros países con los que no es "normal" llevar a cabo una transacción o que contengan numerosos errores ortográficos de una persona de la que no es razonable esperarlos.

3. En el caso de sitios o páginas web, atender siempre a la dirección que aparece en el navegador. Comprobar si es un servidor seguro y que la dirección se corresponda con la de la entidad con la que se está realizando alguna transacción.

4. No dar datos personales a menos que se esté seguro de con quién se está tratando. Proteger los datos personales es también una obligación del titular de los mismos. Esto incluye también datos bancarios, ya que en ese caso el defraudador puede conseguir acceso a tarjetas o cuentas bancarias.

5. En caso de tener algún problema, poner inmediatamente el caso en conocimiento de las organizaciones o autoridades encargadas de proteger a los consumidores. Éstas son muchas y en España ofrecen un trato al consumidor que permite obtener una protección efectiva. La experiencia práctica en otros países, al menos fuera de la Unión Europea, puede resultar realmente compleja.

6. Hacer uso de las funciones que permiten filtrar spam y detectar sitios web que han sido reportados como phishing.

Para concluir, no cabe duda de que los consumidores requieren protección, tanto fuera del entorno electrónico como online, y que no puede considerarse Internet como un vacío jurídico. No obstante, son múltiples las cuestiones que se plantean y muy complejas las respuestas. Internet, el correo electrónico, u otro medio de comunicación electrónica de la que los defraudadores puedan hacer uso, superan las fronteras geográficas en las que las leyes son aplicables. Por tanto, una reflexión más profunda es necesaria para proteger a los consumidores y para garantizar un uso adecuado de las TIC.



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